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miércoles, 17 de septiembre de 2014
sábado, 25 de junio de 2011
Fundamentos de la tesis de las 200 millas
Fundamentos de la tesis de las 200 millas
Por decreto supremo N° 781 del 1° de Agosto de 1947, se amplió a 200 millas nuestro mar territorial. Este decreto fue firmado por el Presidente Constitucional de la República el Dr. Luis Bustamante y Ribero. Este acontecimiento significaba para el Perú proclamar su soberanía sobre una parte del Océano Pacífico abarcando un área de 617,500 Km cuadrados aproximadamente. El mar territorial pasaba a ser parte de nuestra patria conformando una cuarta región geográfica y sus recursos naturales pasaban a ser para beneficio de la población peruana. En dicho decreto se establecía que "la soberanía y jurisdicción nacionales, comprendían a la plataforma submarina o zócalo continental e insular y sobre el mar adyacente, a las costas del territorio nacional cualesquiera que sea su profundidad, para proteger, conservar y utilizar los recursos y riquezas naturales". Esta decisión del Perú no alteraba en lo absoluto la libre navegación de las naves de otras naciones.
De este modo para el Perú, la tesis de las 200 millas del Mar Territorial reposa en los siguientes argumentos.
Fundamentos Geográficos. El Mar Peruano o Mar de Grau por sus especiales características (frialdad de sus aguas, debido al fenómeno de afloramiento; presencia del fitoplancton, atmósfera estable y temperatura atmosférica baja por debajo de los 700 m de altitud), forma parte del territorio peruano y estas características tienen su origen en la interacción de los fenómenos que se dan en nuestro territorio. De lo que se sostiene que el Mar peruano es parte de nuestro territorio, conformando una cuarta región geográfica y esta bajo la influencia de la Corriente Peruana de Humboldt.
Fundamento Geológico. Gran parte del zócalo continental conformaba la costa peruana primitiva, hundida en diferentes épocas geológicas. Las islas lejanas como San Gallán y Lobos de Tierra y Lobos de Afuera, son los restos de la primitiva Cordillera de la Costa, hundida a fines de la Era Secundaria. Las islas cercanas a la costa como San Lorenzo y el frontón, son porciones de los contrafuertes andinos que se hundieron a comienzos de la Era Cuaternaria. En consecuencia, el zócalo continental que yace en el fondo de nuestro mar formaba parte de lo que hoy es el Perú. Su topografía no es sino una prolongación de las formas topográficas de la costa, con estribaciones andinas y valles.
Fundamento Biológico. El Mar Peruano se ha convertido en un medio ecológico de excepcionales bondades para el desarrollo del fitoplancton que al flotar en las aguas frías, se torna en fuente de vida para el zooplancton y, conjuntamente con éste, hace del mar una especie de "sopa marina". A la frialdad de sus aguas se le agrega la frialdad de su atmósfera, la aridez de la Costa, la ausencia de lluvias y la descarga estacional de nuestros torrentosos ríos que llevan desde los Andes las sales minerales que enriquecen al mar par favorecer el desarrollo biológico.
Fundamento Económico. La proliferación del fitoplancton, del zooplancton de los cardúmenes y peces en general, han convertido al Mar Peruano en uno de los más ricos de la Tierra. La protección, conservación y utilización de estos recursos ictiológicos así como de los minerales del zócalo continental, como el petróleo, corresponden sólo al Perú. Todos estos recursos pertenecen al Estado y corresponde a él protegerlos, conservarlos y promover su aprovechamiento racional, para superar los bajos niveles alimenticios de su población y atender a las exigencias de su desarrollo económico y social como lo han hecho las grandes potencias. Es una riqueza con la que la naturaleza ha compensado la aridez de la costa, a la ausencia de lluvias y a la falta de vida natural, animal o vegetal.
Fundamento Político- Jurídico. La expedición del Decreto Supremo por la cual se estableció la soberanía y jurisdicción sobre las 200 millas, es una manifestación del derecho de autodeterminación que compete al estado para organizarse y legislar de acuerdo a sus intereses. El Perú como Estado soberano, por voluntad propia, sin coerción ni presión y en uso de su derecho, proclamó su soberanía sobre el mar adyacente a su territorio hasta una distancia de 200 millas, en el afán de proteger, conservar y utilizar sus recursos marinos, así como los recursos del suelo y subsuelo del zócalo continental en beneficio de la población.
En suma, al Perú le asiste todo el derecho para defender su soberanía sobre las 200 millas del Mar territorial, por ser la despensa más nutrida del Perú; por ser fuente de recursos ictiológicos ricos en proteínas que, debidamente utilizados, servirán para proscribir de nuestro territorio el aspecto del hambre y la desnutrición, de la misma manera porque en el subsuelo del zócalo continental se guardan inmensos recursos petrolíferos que están siendo explotados para promover nuestro desarrollo económico y social. El Mar territorial es también nuestra patria y hay que defenderla cual si fuera porción de nuestro territorio.
EL PERÚ Y LAS 200 MILLAS
EL PERÚ Y LAS 200 MILLAS
LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR
El 1 de agosto de 1947, mediante Decreto Supremo No. 781, el Perú estableció una zona de control y protección de las riquezas nacionales en el mar adyacente a sus costas e islas nacionales hasta las 200 millas, con el fin de “reservar, proteger, conservar y utilizar” los recursos naturales de toda clase “que en o debajo de dicho mar se encuentren”. El Decreto Supremo invocó razones de índole económica, social y medioambiental, y expresó que esta declaración no afectaba el derecho de libre navegación de naves de todas las naciones. Es así como el Perú, al igual que Chile lo había hecho el 23 de junio de 1947, inició la defensa de lo que luego sería llamada la “tesis de las 200 millas”.
En ese entonces, los Estados costeros ejercían derechos sobre su mar adyacente, denominado “mar territorial”, en una extensión de entre 3 y 12 millas, fijada en función de consideraciones de defensa y seguridad nacionales. La tesis de las 200 millas era audaz y revolucionaria. La extensión del área marítima reivindicada era muy superior a 12 millas, y los fundamentos que la sustentaban eran exigencias económicas, sociales y medioambientales del Estado ribereño.
Muy pronto, el Perú y Chile recibieron protestas de los Estados que pescaban intensivamente en el Pacífico Sureste, a los que no convenía que estos países reivindicaran derechos sobre los recursos naturales hasta las 200 millas. Frente a esta situación, el Perú, Chile y Ecuador suscribieron la “Declaración de Santiago” el 18 de agosto de 1952, proclamando “como norma de su política internacional marítima” la soberanía y jurisdicción sobre sus mares adyacentes, su suelo y subsuelo, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas, para asegurar la conservación, desarrollo y aprovechamiento de las riquezas marinas en beneficio de sus pueblos, y reconociendo el derecho del paso inocente e inofensivo para las naves de todas las naciones.
Los tres países desarrollaron una labor ardua y difícil, pero también eficaz, en defensa de la tesis de las 200 millas. La difundieron a través de reuniones bilaterales y multilaterales, en foros regionales e internacionales, logrando una serie de pronunciamientos en favor de los criterios que sustentaban los derechos del Estado costero sobre los recursos naturales del mar adyacente a sus costas más allá de la estrecha franja de mar territorial de sólo 12 millas.
En el plano internacional, se fue haciendo evidente la existencia de un cuestionamiento creciente a las viejas normas del Derecho del Mar, creadas e impuestas por las grandes potencias, sin participación de los Estados en desarrollo.
En 1973 se inició la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con el fin de establecer las reglas que debían regir la utilización y aprovechamiento de los mares, incluyendo las áreas submarinas, y los recursos hidrobiológicos y minerales. Participaron en la Conferencia más de 150 Estados de todas las regiones del mundo, y de diversas características geográficas. El fruto de la Conferencia –considerada la más larga y amplia en la historia de Naciones Unidas– fue la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar:
El Perú participó de manera activa y muy destacada en las negociaciones de la Convención, desde sus trabajos preparatorios, en 1971 y 1972, hasta el término de la Conferencia, en 1982, ejerciendo inclusive una de sus Vicepresidencias. La Convención consagra el triunfo de la tesis de las 200 millas, al establecer que todo Estado costero tiene derechos de soberanía para la exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos (hidrobiológicos) como no vivos (minerales), en el mar adyacente a sus costas, su lecho y subsuelo, hasta las 200 millas.
El 10 de diciembre de 1982, día en que la Convención fue abierta a la firma, fue firmada por 119 países. Hoy en día, 155 Estados son parte y se rigen por sus disposiciones. El Perú no es parte.
LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR
El 1 de agosto de 1947, mediante Decreto Supremo No. 781, el Perú estableció una zona de control y protección de las riquezas nacionales en el mar adyacente a sus costas e islas nacionales hasta las 200 millas, con el fin de “reservar, proteger, conservar y utilizar” los recursos naturales de toda clase “que en o debajo de dicho mar se encuentren”. El Decreto Supremo invocó razones de índole económica, social y medioambiental, y expresó que esta declaración no afectaba el derecho de libre navegación de naves de todas las naciones. Es así como el Perú, al igual que Chile lo había hecho el 23 de junio de 1947, inició la defensa de lo que luego sería llamada la “tesis de las 200 millas”.
En ese entonces, los Estados costeros ejercían derechos sobre su mar adyacente, denominado “mar territorial”, en una extensión de entre 3 y 12 millas, fijada en función de consideraciones de defensa y seguridad nacionales. La tesis de las 200 millas era audaz y revolucionaria. La extensión del área marítima reivindicada era muy superior a 12 millas, y los fundamentos que la sustentaban eran exigencias económicas, sociales y medioambientales del Estado ribereño.
Muy pronto, el Perú y Chile recibieron protestas de los Estados que pescaban intensivamente en el Pacífico Sureste, a los que no convenía que estos países reivindicaran derechos sobre los recursos naturales hasta las 200 millas. Frente a esta situación, el Perú, Chile y Ecuador suscribieron la “Declaración de Santiago” el 18 de agosto de 1952, proclamando “como norma de su política internacional marítima” la soberanía y jurisdicción sobre sus mares adyacentes, su suelo y subsuelo, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas, para asegurar la conservación, desarrollo y aprovechamiento de las riquezas marinas en beneficio de sus pueblos, y reconociendo el derecho del paso inocente e inofensivo para las naves de todas las naciones.
Los tres países desarrollaron una labor ardua y difícil, pero también eficaz, en defensa de la tesis de las 200 millas. La difundieron a través de reuniones bilaterales y multilaterales, en foros regionales e internacionales, logrando una serie de pronunciamientos en favor de los criterios que sustentaban los derechos del Estado costero sobre los recursos naturales del mar adyacente a sus costas más allá de la estrecha franja de mar territorial de sólo 12 millas.
En el plano internacional, se fue haciendo evidente la existencia de un cuestionamiento creciente a las viejas normas del Derecho del Mar, creadas e impuestas por las grandes potencias, sin participación de los Estados en desarrollo.
En 1973 se inició la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con el fin de establecer las reglas que debían regir la utilización y aprovechamiento de los mares, incluyendo las áreas submarinas, y los recursos hidrobiológicos y minerales. Participaron en la Conferencia más de 150 Estados de todas las regiones del mundo, y de diversas características geográficas. El fruto de la Conferencia –considerada la más larga y amplia en la historia de Naciones Unidas– fue la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar:
El Perú participó de manera activa y muy destacada en las negociaciones de la Convención, desde sus trabajos preparatorios, en 1971 y 1972, hasta el término de la Conferencia, en 1982, ejerciendo inclusive una de sus Vicepresidencias. La Convención consagra el triunfo de la tesis de las 200 millas, al establecer que todo Estado costero tiene derechos de soberanía para la exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos (hidrobiológicos) como no vivos (minerales), en el mar adyacente a sus costas, su lecho y subsuelo, hasta las 200 millas.
El 10 de diciembre de 1982, día en que la Convención fue abierta a la firma, fue firmada por 119 países. Hoy en día, 155 Estados son parte y se rigen por sus disposiciones. El Perú no es parte.
Gobierno de José Luis Bustamante y Rivero
5. Gobierno de José Luis Bustamante y Rivero
5.1. Datos Biográficos
Nació en Arequipa 15 – 01 -1894. Murió en Lima 11 – 01 – 1989.
Fue hijo de Manuel Bustamante y Barreda y Victoria Rivero y Romero.
Egresó del Colegio Jesuita de San José (1910). Estudió en la Universidad de San Agustín. Estudió en la Universidad San Antonio de Abad (Cuzco)
Optó grado de: Doctor en letras (1918).Tesis: Reorganización de las universidades. Optó en Arequipa delo grados de: Bachiller en Jurisprudencia y Doctor en Jurisprudencia (1918). Tesis: Organización y procesos de la justicia militar en el Perú.
Se recibió como abogado y se graduó como Doctor en Ciencias Políticas y Económicas (1929) con su trabajo sobre. El arbitraje peruano – chileno ante el Derecho Internacional.
Ganó concursos literarios y de abogacía.
Fue profesor de Gramática y Literatura Castellana en el colegio anexo al Seminario de San Jerónimo.
Fue catedrático de Filosofía Moderna, Geografía Social e Historia de América en la Facultad de Letras y de Derecho Procesal de la Universidad de Arequipa.
Renunció a su cátedra en protesta contra el gobierno de Leguía. Ayudó al movimiento militar de Sánchez Cerro.
Fue secretario de la Junta Revolucionaria de Arequipa (22 – VIII – 1930) Fue Ministro de Justicia, Culto e Instrucción.
Integró la Junta de Gobierno Cívico – Militar (24 – XI – 1939 a – 01 – III – 1931) que sucedió a la Junta Militar que asumió el poder a raíz de aquel pronunciamiento .
Fue ministro plenipotenciario en Bolivia (1934 – 1938) y en Uruguay (1939 – 1942).
Fue embajador en Bolivia (1942 – 1945)
Fue elegido presidente en 1945 por una coalición de fuerzas políticas agrupadas en el Frente Democrático Nacional.
5.2. Obras de gobierno
Afrontó las dificultades del término de la Segunda Guerra Mundial, así como la acción del aprismo para imponer su predominio.
Realizó una labor de ordenación.
Destacó por su visionaria renovación del Derecho Marítimo, efectuada al ampliar hasta 200 Millas el mar territorial y superar los estrechos márgenes que antes impusieron las grandes potencias, para servir a sus intereses.
En la política interna y como medio de sofocar la influencia del aprismo, los parlamentarios afines al gobierno concertaron no concurrir a las sesiones de sus respectivas cámaras y evitar así el funcionamiento del Poder Legislativo.
En el Callao se realizó un motín de la Armada ( 3 – X – 1948).
A la vez, el general Odría, en Arequipa inició un movimiento militar ( 27 – X – 1948) que fue secundado en Lima por el general Zenón Noriega y terminó con el gobierno de Bustamante y Rivero.
Fue desterrado. Viajó a Buenos Aires, Madrid y París.
Pudo retornar al final del régimen de Odría.
Fue incorporado a la Academia Peruana de la Lengua (1959).
Fue elegido Decano del Colegio de Abogados de Lima (1960)
Fue elevado a la magistratura de la Corte Internacional de Justicia de la haya (1960 – 1969) y, en ésta, elegido presidente (1967 – 1969)
Fue incorporado a la Academia Nacional de Historia (1968)
Por acuerdo de los gobiernos de honduras y El Salvador fungió como mediador en el conflicto limítrofe que enfrentaba a ambos estados y logró reconciliarlos (1980).
Fue senador vitalicio de la República desde 1980
5.3. Obras publicadas
- Reorganización de las Universidades (1918)
- Justicia Militar (1919)
- Organización y procedimiento de la Justicia Militar en el Perú (1920)
- Una visión del Perú (1941)
- Tratado de Derecho Civil Interncional (1943)
- La Ideología de Francisco García Calderón (1946 , París)
- Arequipa (1947)
- Tres años de lucha por la democracia en el Perú (1949)
- Panamericanismo e Iberoamericanismo (1951)
- La ONU en el Palacio de Chaillot (1952)
- Las nuevas concepciones jurídicas sobre el alcance del mar territorial (1955)
- Mensaje al Perú (1955 – 1960 – 1968)
- Discurso de recepción en la Academia Peruana de la Lengua (1959)
- Perú, estructura social (1959)
- La Corte internacional de justicia (1964)
- Derecho del Mar (1972)
5.1. Datos Biográficos
Nació en Arequipa 15 – 01 -1894. Murió en Lima 11 – 01 – 1989.
Fue hijo de Manuel Bustamante y Barreda y Victoria Rivero y Romero.
Egresó del Colegio Jesuita de San José (1910). Estudió en la Universidad de San Agustín. Estudió en la Universidad San Antonio de Abad (Cuzco)
Optó grado de: Doctor en letras (1918).Tesis: Reorganización de las universidades. Optó en Arequipa delo grados de: Bachiller en Jurisprudencia y Doctor en Jurisprudencia (1918). Tesis: Organización y procesos de la justicia militar en el Perú.
Se recibió como abogado y se graduó como Doctor en Ciencias Políticas y Económicas (1929) con su trabajo sobre. El arbitraje peruano – chileno ante el Derecho Internacional.
Ganó concursos literarios y de abogacía.
Fue profesor de Gramática y Literatura Castellana en el colegio anexo al Seminario de San Jerónimo.
Fue catedrático de Filosofía Moderna, Geografía Social e Historia de América en la Facultad de Letras y de Derecho Procesal de la Universidad de Arequipa.
Renunció a su cátedra en protesta contra el gobierno de Leguía. Ayudó al movimiento militar de Sánchez Cerro.
Fue secretario de la Junta Revolucionaria de Arequipa (22 – VIII – 1930) Fue Ministro de Justicia, Culto e Instrucción.
Integró la Junta de Gobierno Cívico – Militar (24 – XI – 1939 a – 01 – III – 1931) que sucedió a la Junta Militar que asumió el poder a raíz de aquel pronunciamiento .
Fue ministro plenipotenciario en Bolivia (1934 – 1938) y en Uruguay (1939 – 1942).
Fue embajador en Bolivia (1942 – 1945)
Fue elegido presidente en 1945 por una coalición de fuerzas políticas agrupadas en el Frente Democrático Nacional.
5.2. Obras de gobierno
Afrontó las dificultades del término de la Segunda Guerra Mundial, así como la acción del aprismo para imponer su predominio.
Realizó una labor de ordenación.
Destacó por su visionaria renovación del Derecho Marítimo, efectuada al ampliar hasta 200 Millas el mar territorial y superar los estrechos márgenes que antes impusieron las grandes potencias, para servir a sus intereses.
En la política interna y como medio de sofocar la influencia del aprismo, los parlamentarios afines al gobierno concertaron no concurrir a las sesiones de sus respectivas cámaras y evitar así el funcionamiento del Poder Legislativo.
En el Callao se realizó un motín de la Armada ( 3 – X – 1948).
A la vez, el general Odría, en Arequipa inició un movimiento militar ( 27 – X – 1948) que fue secundado en Lima por el general Zenón Noriega y terminó con el gobierno de Bustamante y Rivero.
Fue desterrado. Viajó a Buenos Aires, Madrid y París.
Pudo retornar al final del régimen de Odría.
Fue incorporado a la Academia Peruana de la Lengua (1959).
Fue elegido Decano del Colegio de Abogados de Lima (1960)
Fue elevado a la magistratura de la Corte Internacional de Justicia de la haya (1960 – 1969) y, en ésta, elegido presidente (1967 – 1969)
Fue incorporado a la Academia Nacional de Historia (1968)
Por acuerdo de los gobiernos de honduras y El Salvador fungió como mediador en el conflicto limítrofe que enfrentaba a ambos estados y logró reconciliarlos (1980).
Fue senador vitalicio de la República desde 1980
5.3. Obras publicadas
- Reorganización de las Universidades (1918)
- Justicia Militar (1919)
- Organización y procedimiento de la Justicia Militar en el Perú (1920)
- Una visión del Perú (1941)
- Tratado de Derecho Civil Interncional (1943)
- La Ideología de Francisco García Calderón (1946 , París)
- Arequipa (1947)
- Tres años de lucha por la democracia en el Perú (1949)
- Panamericanismo e Iberoamericanismo (1951)
- La ONU en el Palacio de Chaillot (1952)
- Las nuevas concepciones jurídicas sobre el alcance del mar territorial (1955)
- Mensaje al Perú (1955 – 1960 – 1968)
- Discurso de recepción en la Academia Peruana de la Lengua (1959)
- Perú, estructura social (1959)
- La Corte internacional de justicia (1964)
- Derecho del Mar (1972)
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